1. Objeto
Integrar el Consejo de Pueblos y Comunidades para: mantener el vínculo UIT– comunidades; generar, analizar y revisar propuestas educativas, de investigación y vinculación; y promover el diálogo de saberes, la revitalización lingüística (náhuatl, yuhmu etc.), el cuidado de la naturaleza, las artes y la igualdad sustantiva.
2. Requisitos de elegibilidad (Art. 31)
3. Documentación
4. Integración y estructura del Consejo de Pueblos y Comunidades (Art. 32)
El Consejo de Pueblos y Comunidades se integrará de la siguiente manera:
Una persona representante por cada asamblea municipal de pueblos o comunidades, electa mediante proceso democrático de asamblea, organizado por la Junta Directiva. (Una asamblea por municipio en la que estarán representadas las comunidades o barrios del mismo)
Cada representante contará con una persona suplente del mismo género.
La lista de municipios mencionada en el Decreto es enunciativa y no limitativa.
Una vez constituido el Consejo, este elegirá de entre sus integrantes a:
Una Secretaría.
Dos personas escrutadoras.
Todas las personas mencionadas desempeñarán su encargo por un periodo de dos años.
5. Procedimiento y calendario
Publicación de la convocatoria: 06 de noviembre de 2025
• Registro y entrega de documentos en la Coordinación de Vinculación Comunitaria de la UIT y de manera electrónica mediante el correo: coord.vinculacion@uit.edu.mx del 07 al 17 de noviembre de 2025.
• Verificación de requisitos (Comisión): 18 de noviembre de 2025.
• Proceso de Elección (Junta Directiva): 25 de noviembre de 2025.
• Publicación de resultados: 28 de noviembre de 2025.
• Sesión de instalación y elección interna de Presidencia, Secretaría, Escrutadores y Vocales Comunales: 10 de diciembre de 2025.
(Todos los procesos serán democráticos, abiertos y transparentes, organizados por la Junta Directiva).
6. Representación ante la Junta Directiva (proceso posterior)
El Consejo emitirá su propia convocatoria cada dos años para elegir seis representantes propietarios y sus suplentes ante la Junta Directiva, con paridad (3 mujeres y 3 hombres), sin reelección inmediata y con rotatividad municipal.
7. Interpretación y datos
Lo no previsto será resuelto por la Junta Directiva.
MVZ PÁNFILO HERNÁNDEZ ORTIZ
PRESIDENTE DEL CONSEJO DE PUEBLOS Y COMUNIDADES DE LA UIT